San Jos‚ de Balcarce, 20 de enero de 1982.- VISTO: El art¡culo 48, apartado d) "Transferencias" de la Ordenanza Impositiva vigente, y CONSIDERANDO: El art¡culo 55 de la Ordenanza 374 del Reglamen- to para el Cementerio del Partido de Balcarce, modificado por la Or- denanza 393, Que el esp¡ritu de la mencionada norma legal ha sido posibilitar la transferencia de lotes de tierra, b¢vedas, pan- teones o nichos en el Cementerio del Partido, reglamentando la misma, Que en consecuencia deben adecuarse las normas tributarias al respecto, POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ----------------- ARTICULO 1.- Modif¡case a partir del 1§ de enero de 1982 el art¡culo ------------ 48§, apartado d) "Transferencias" de la Ordenanza Impo- sitiva vigente que quedar  redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 48.- Apartado d) TRANSFERENCIAS ------------- ----------- -------------- - Por la transferencia de terrenos, para sepulturas, b¢vedas, panteo- nes o nichos, de acuerdo con lo legislado en el art¡culo 55§ de la Ordenanza 393 y su modificatoria, se abonar  el Diez por ciento (10%) del Valor fijado para el arrendamiento de cada categor¡a de Terrenos.---------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las Se- ------------ cretar¡as Municipales, Contadur¡a, Tesorer¡a, Departa- mento de Recursos Municipales, Ministerio de Gobierno y d‚se al Re- gistro Oficial de Ordenanzas.---------------------------------------- ORDENANZA N§ 403.- ------------------